El Marco Legal que sustenta este estudio está
relacionado con la gestión educativa del personal docente y su pertinencia en
el proceso de enseñanza de los estudiantes, por ser este el objeto de estudio
en la presente investigación. Se citan como fundamentos legales: la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y La Ley Orgánica de
Educación. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999),
señala en su Artículo 79, que “Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el
deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo” Señala además que “El
Estado, con la participación solidaria de las familias y la Sociedad, creará
oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y en
particular la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la
Ley”.
Igualmente, en el Articulo 89 se establece que; “El
trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley
dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e
intelectuales de los trabajadores y trabajadoras”. En el mismo orden de ideas,
el Artículo 102 señala que: “La Educación es un derecho humano y social fundamental,
es democrática, es gratuita y obligatoria”. También agrega que es “un servicio
público y está fundamentado en el respeto a las corrientes del pensamiento, con
la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno
ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la
valoración ética del trabajo”.
En la medida que la educación logre el ciudadano que
necesita la sociedad estará cumpliendo realmente con la finalidad que el Estado
le adjudica. De allí que se plantea la necesidad de vincular la escuela con el
mundo del trabajo, desde el punto de vista que conjugue los desafíos de la
participación democrática de la población con el desarrollo productivo del
país.; lo cual se logra con una formación integral del individuo, con procesos
de enseñanza aprendizaje donde se utilicen estrategias de enseñanza adecuadas y
pertinentes al desarrollo del educando.
Dentro de los fines del Estado venezolano, según el Artículo 3 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), están la defensa
y el desarrollo de la persona y el respeto a la dignidad, el ejercicio
democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y
amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la
garantía del cumplimiento de los principios, a través de la educación.
También, se señalan entre los fundamentos legales que
sustentan la siguiente investigación el Artículo tres de la Ley Orgánica de
Educación (2009), el cual se refiere a que: “La educación tiene como principios
la democracia participativa, la responsabilidad social, la formación para la
independencia, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y
la inclusión”. En este sentido, cabe destacar que la finalidad de la Educación
es lograr el desarrollo del individuo para obtener una mejor calidad de vida,
esto se logra educando al estudiante para la sustentación y contribuir al
desarrollo del país siendo un ente activo capaz de ser parte del sistema
económico, social, político y cultural del país.
Asimismo, el Artículo 44 de la Ley Orgánica de
Educación establece que: La Evaluación como parte del proceso educativo, es
democrática, participativa, continua, integral. Cooperativa, sistemática,
cuali-cuantitativa, diagnóstica, flexible, formativa y acumulativa”. Y señala
además que se realiza “tomando en cuenta los factores socio históricos, las
diferencias individuales y valorará el desempeño del educador y la educadora y
en general, todos los elementos que constituyen dicho proceso” De allí que
entre las políticas educativas de toda institución debe encontrarse la
evaluación como base fundamental para desarrollar con eficacia el proceso
educativo a fin de afianzar o mejorar cualquier aspecto referente a los
elementos del currículo como pueden ser las estrategias de enseñanza que usan
los docentes de la asignatura Contabilidad.
0 comentarios :
Publicar un comentario